El requisito de nacionalidad española en Policía Nacional no suele generar dudas en quien ya tiene DNI español, pero sí en aspirantes con residencia legal, NIE, doble nacionalidad o nacionalidad española en trámite. La diferencia es importante: para la convocatoria no basta con vivir en España o estar esperando resolución; hay que cumplir el requisito en el momento que marque el BOE.
En esta guía verás qué exige la convocatoria, cuándo debes tener la nacionalidad española, qué pasa si estás tramitándola y qué documentación puede revisarse durante el proceso. Para el bloque completo, revisa también la guía de requisitos Policía Nacional 2026.
Qué exige la convocatoria sobre nacionalidad
La convocatoria oficial de Escala Básica 2025 establecía como primer requisito para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas: tener la nacionalidad española. Este requisito debía reunirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
La redacción es directa. No habla de residencia legal, tarjeta comunitaria, NIE, permiso de residencia, arraigo ni expediente de nacionalidad en trámite. Habla de nacionalidad española.
Nacionalidad española, residencia y NIE: diferencias prácticas
| Situación | ¿Equivale a nacionalidad española? | Lectura para la oposición |
|---|---|---|
| DNI español en vigor | Sí, acredita identidad española | Revisar datos y autorización de consulta si procede |
| NIE o residencia legal en España | No | No sustituye el requisito de nacionalidad española |
| Tarjeta de familiar de ciudadano de la UE | No | Puede acreditar residencia, no nacionalidad española |
| Nacionalidad española por residencia en trámite | No hasta que esté concedida e inscrita según corresponda | No conviene contar con ella si aún no está resuelta |
| Doble nacionalidad, incluida la española | Sí, si realmente tienes nacionalidad española | El punto clave es poder acreditarla oficialmente |
¿Puedo opositar con NIE o residencia?
No deberías contar con ello. Tener NIE, residencia legal, permiso de trabajo o años viviendo en España no equivale a tener nacionalidad española. Son situaciones jurídicas distintas.
El Ministerio de Justicia explica que la nacionalidad española por residencia requiere residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición, además de otros requisitos como buena conducta cívica e integración. Pero solicitarla o estar esperando resolución no es lo mismo que tener ya la nacionalidad española exigida por la convocatoria.
¿Y si tengo la nacionalidad española en trámite?
Si tu expediente está en trámite, el riesgo es claro: la convocatoria exige tener la nacionalidad española a la fecha de finalización del plazo de solicitudes. Si la resolución llega después, podrías no cumplir el requisito en ese proceso.
No planifiques una oposición contando con una concesión que aún no se ha producido. Si estás cerca de obtenerla, revisa el estado oficial de tu expediente y las fechas reales del proceso. Para no perderte con los plazos, tienes la guía de plazo de instancias Policía Nacional.
¿Sirve la doble nacionalidad?
Si tienes doble nacionalidad y una de ellas es la española, el requisito de nacionalidad se centra en que puedas acreditar oficialmente la nacionalidad española. La convocatoria no exige ser español de origen; exige tener la nacionalidad española.
Aun así, si tu situación documental es especial, revisa bien DNI, inscripción registral, datos personales y cualquier documento que pueda pedirte la Administración durante el proceso.
Cuándo hay que tener la nacionalidad española
La convocatoria oficial de Escala Básica 2025 indicaba que los requisitos debían reunirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Esto afecta a la nacionalidad igual que a otros requisitos: edad, Bachiller o equivalente, carnet B o idioma A2.
En términos prácticos: si el plazo termina el día X, para ese día debes cumplir el requisito. No basta con pensar que lo cumplirás durante el resto del proceso.
Cómo se acredita la nacionalidad en el proceso
La convocatoria anterior indicaba que la solicitud podía incluir autorización para que la Administración consultase determinados datos. También señalaba que las personas aspirantes que no expresasen autorización para que fueran recabados sus datos debían presentar, entre otros documentos, original y copia auténtica del Documento Nacional de Identidad.
Por eso, aunque parezca un requisito obvio, conviene comprobar:
- Que tu DNI está en vigor.
- Que tus datos personales coinciden con los que introducirás en la instancia.
- Que no hay diferencias de nombre, apellidos o documentación por nacionalidad reciente.
- Que sabes si autorizas o no las consultas en la solicitud.
- Que guardas justificantes y documentación en una carpeta ordenada.
Errores frecuentes con la nacionalidad
Confundir residencia con nacionalidad
La residencia permite vivir legalmente en España, pero no convierte automáticamente a una persona en española. La convocatoria exige nacionalidad española.
Presentarse con la nacionalidad en trámite
Un trámite abierto no es una nacionalidad concedida. Si el requisito aún no está cumplido al cierre del plazo, hay riesgo de exclusión.
No revisar el DNI
Un DNI caducado o datos personales desactualizados pueden generar problemas innecesarios en un proceso donde todo debe cuadrar documentalmente.
Olvidar el resto de requisitos
Tener nacionalidad española no basta. También debes revisar antecedentes penales, edad, titulación, permiso B, idioma, cuadro médico y demás condiciones.
Checklist antes de presentar la instancia
| Pregunta | Respuesta necesaria |
|---|---|
| ¿Tengo nacionalidad española a día de cierre del plazo? | Sí, no solo residencia o expediente pendiente |
| ¿Tengo DNI válido y datos correctos? | Sí, con nombre y apellidos coincidentes |
| Si tengo doble nacionalidad, ¿puedo acreditar la española? | Sí, documentalmente |
| Si obtuve nacionalidad recientemente, ¿está todo actualizado? | DNI, Registro Civil y datos personales revisados |
| ¿He comprobado la convocatoria vigente? | Sí, en BOE y Portal del Aspirante |
Cómo seguir si todavía no tienes nacionalidad española
Si no tienes la nacionalidad española, puedes usar el tiempo para avanzar en lo que sí depende de ti: tramitar la nacionalidad por las vías oficiales si cumples condiciones, preparar estudios, mejorar condición física y crear hábito de test. Pero no deberías presentar una instancia si el requisito no está cumplido cuando la convocatoria lo exige.
Cuando tengas la nacionalidad, ya podrás ordenar el resto: temario, test de examen, pruebas físicas, psicotécnicos y preparación de biodata.
Fuentes oficiales consultadas
- BOE: convocatoria Escala Básica Policía Nacional 2025.
- Sede del Ministerio de Justicia: nacionalidad española por residencia.
- Ministerio de Justicia: adquisición de nacionalidad española por residencia.
- Portal del Aspirante: procesos activos de Escala Básica y Ejecutiva.
- BOE: Oferta de Empleo Público Policía Nacional 2026.